Informe Alternativo. Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Durante la semana del 24 al 28 de septiembre, en en la sede de Naciones Unidas en Ginebra, sesionó la 64ª Reunión del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Donde el Estado Argentino tuvo que presentar su accionar durante el ultimo período.
Desde Fundación Plurales, en coalición con Fundapaz, Redes Chaco y el apoyo de la Internacional Land Coalition, presentó el informe alternativo «Situación de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Mujeres Rurales Argentinas del Gran Chaco y Puna«, logrando un gran impacto en la inclusión de temas y recomendaciones en el pronunciamiento final del Comité para el Estado Argentino.
¿Que son los Informes Alternativos o Sombra?
Los Estados Partes que conforman la Organización de Naciones Unidas, han firmado y ratificado diferentes tratados internacionales y convenciones, asumiendo ciertos compromisos en la búsqueda por el respeto y defensa de los Derechos Humanos. Así, los Estados sesionan ante los diferentes comités (de expertos y expertas independientes) de estas convenciones, para dar cuenta de los avances con los compromisos asumidos. Las organizaciones de la sociedad civil, tenemos la oportunidad de presentar ante dichos comités, un informe alternativo o “sombra” al que presenta el Estado Argentino. Desde Fundación Plurales hemos emprendido hace unos años el compromiso activo de participar en estas instancias, coordinando la elaboración de informes en coalición con otras organizaciones.
Este año, en la Sesión Nro 64 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Estado Argentino debió dar cuenta de los avances en los últimos siete años, en materia de estos derechos.
Informe Alternativo DESC
Es así que entre el 24 y 28 de septiembre, hemos participado -en la sede de Naciones Unidas en Ginebra- en diálogos con el Comité, para denunciar la situación que viven las mujeres de las zonas rurales del Gran Chaco Argentino y Puna, en materia de derechos económicos, sociales y culturales. Este informe coordinado por Fundación Plurales, fue elaborado conjuntamente entre las cuatro organizaciones miembro de la ILC, que actualmente compartimos la iniciativa ENI: Fundación Plurales, FUNDAPAZ, Redes Chaco y Federación Agraria.
El comité expresó su preocupación por los efectos de las medidas que está tomando el Estado Argentino en términos de ajuste, para enfrentar la crisis económica que atraviesa el país: especialmente respecto al aumento de la pobreza y recorte de programas sociales. El Comité también realizó numerosas preguntas inspiradas en las denuncias de los informes presentados por las organizaciones de la sociedad civil. Entre éstas, realizaron varias vinculadas a la realidad de las mujeres rurales en relación al empleo, contaminación por agroquímicos, acceso a agua, desalojos en zonas rurales, y sobre el acceso a la tierra por parte de los pueblos indígenas, sobre la consulta previa, libre e informada, contaminación por actividades mineras, y sobre el acceso a la educación intercultural bilingüe.
Se puede descargar el Informe Alternativo completo Aquí.
Incidencia en las Recomendaciones del Comité
EL 15 de octubre, el Comité se pronunció, publicando las recomendaciones al Estado Argentino*, tras este período de revisión. Dentro de las recomendaciones, destacamos las siguientes que tienen relación directa a las denuncias y reclamos que se plasmaron en el informe alternativo presentado, y evidencian una importante incidencia de las mujeres rurales campesinas e indígenas en el órgano de más alto nivel.
Observaciones finales sobre el cuarto informe periódico de Argentina – RECOMENDACIONES
Observaciones y preocupaciones generales
(a) Evaluar previamente los efectos sobre los derechos económicos, sociales y culturales de cualquier medida para responder a la crisis financiera, a fin de evitar que tenga impactos desproporcionados en los grupos desfavorecidos;
(c) Asegurar las líneas presupuestarias relacionadas con la inversión social en los grupos más desfavorecidos y facilitar una implementación efectiva y sostenible de las políticas públicas para garantizar sus derechos económicos, sociales y culturales;
(d) Aprobar e implementar el presupuesto nacional haciendo todos los esfuerzos para evitar medidas regresivas y asegurando que el presupuesto contenga un enfoque de derechos humanos y género;
Marco institucional de la política social
- El Comité nota con preocupación la degradación de ministerios claves para la implementación de los derechos del Pacto al rango de secretarías de estado en el marco de otros ministerios, que afecta su autonomía y sus funciones en el diseño e implementación de políticas públicas (art. 2 (1)).
- El Comité recomienda al Estado parte garantizar la autonomía decisional y las funciones de estas secretarías, así como que se mantengan, y donde sea necesario, incrementen los presupuestos, en particular en materia de salud, trabajo y medio ambiente.
Datos Estadísticos
- Si bien toma nota del proceso de normalización del INDEC que mejoró la confiabilidad de los datos, el Comité está preocupado que el Estado parte no cuente con un sistema nacional de estadística que asegure datos fiables y desagregados, necesarios para el monitoreo de la realización progresiva de los derechos del Pacto (art. 2 (1) and (2)).
El comité recomienda al Estado parte, que:
(b) Expanda y coordine la generación de estadísticas a nivel de las provincias, para medir el cumplimiento de los derechos del Pacto de forma desagregada y sensible al género;
(c) Asegure que el INDEC trabaje junto con todas las partes interesadas en el diseño de los cuestionarios para el próximo censo 2020, especialmente sobre la identificación de pueblos indígenas, afrodescendientes, población romaní, entre otros;
(d) Avance en la compatibilización, articulación e integración de las bases de datos, defina protocolos de acceso y perfeccione los censos y encuestas permanentes de hogares, mejorando la desagregación de los datos y la cobertura territorial.
Defensores de derechos humanos y protesta social:
- Reconociendo los esfuerzos del Estado parte por tener un marco normativo e institucional que permita la protesta social, preocupa el Comité que, en los últimos años, se han reportado varios casos de amenazas y violencia contra los defensores de derechos humanos de los pueblos indígenas, comunidades afrodescendientes y comunidad LGTBI, con una tendencia a confrontación violenta y criminalización a quienes solicitan la restitución de los territorios indígenas (art. 2 (1)).
- El Comité recomienda al Estado parte una política integral de protección de los defensores de derechos humanos y ambientales, que incluya acciones para prevenir ataques contra ellos. Además, el Comité recomienda que el Estado parte combatir la impunidad en dichos casos, mediante la investigación de las amenazas, actos de acoso, intimidación y violencia y velar por que sus autores sean sancionados. En particular, el Comité insta el Estado parte que impulse las investigaciones sobre aquellos funcionarios señalados como responsables de actos violentos contra comunidades indígenas. El comité recuerda al Estado parte la Declaración del Comité sobre Derecho Económicos, Sociales y Culturales sobre los defensores de derechos humanos y de los derechos económicos, sociales y culturales, del 19 de marzo 2017.
Pueblos indígenas y territorios
- El Comité está preocupado por la falta de cumplimiento integral con el relevamiento sobre comunidades aborígenes, la demarcación de sus territorios, y la prohibición de desalojos de tierras de las comunidades indígenas, dispuesto por la Ley 26.160. También preocupa el Comité que aún no se ha previsto mecanismo para la titularización de las tierras ancestralmente ocupadas por los pueblos indígenas. Finalmente, el Comité está altamente preocupado por el desmonte, en 2017, de más de 120.000 hectáreas, muchas de ellas en bosques protegidos, y pese a las denuncias de las comunidades indígenas (art. 1(2)).
- El Comité recomienda al Estado parte:
(a) Velar por una aplicación plena y coordinada de la Ley Nº 26160/26554/26894/27400, tanto a nivel federal como provincial, así como que se concluyan los procesos de demarcación en todas las provincias y la concesión de títulos de propiedad comunitaria a las comunidades indígenas.
(b) Realizar un estudio de evaluación participativo junto a los pueblos indígenas del riesgo del impacto sobre sus derechos económicos, sociales y culturales, en particular la salud, previo a autorizar la explotación de recursos naturales.
(c) Garantizar un presupuesto propio y recursos humanos adecuados al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas para asegurar la culminación del relevamiento de las tierras de comunidades indígenas.
(d) Agilizar la demarcación de los territorios indígenas en los casos de Reserva Grande del Impenetrable Chaco, en la Provincia del Chaco, asegurando el reconocimiento de las organizaciones indígenas así como asegurar la relocalización de las familias criollas, en el caso de la comunidad Lhaka Honat, asegurando la relocalización de las familias criollas.
El derecho a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado
- El Comité está preocupado por la reiterada vulneración del derecho de los pueblos indígenas a la consulta y al consentimiento previo, libre e informado, en particular en las actividades extractivas que tienen lugar en las provincias de Jujuy, Salta, Neuquén y Chubut, así como la ausencia de información sobre las reparaciones otorgadas a comunidades cuyos derechos han sido vulnerados (art. 1 (1) and (2)).
- El Comité recomienda al Estado parte garantizar que los pueblos indígenas sean sistemáticamente consultados con el fin de obtener el consentimiento libre, previo e informado a nivel nacional y provincial de otorgar concesiones a empresas de propiedad estatal o a terceros, para la explotación económica de las tierras y territorios tradicionalmente ocupados por ellas. En particular, el Comité recomienda al Estado parte que para la aplicación del derecho a la consulta y consentimiento libre, previa e informado use los protocolos elaborados y acordados con los pueblos indígenas, que tienen cuenta las especificadas de cada pueblo y cada caso.
No discriminación
- El comité recomienda al Estado Parte:
(b) Prestar atención especial a necesidades e intereses de los grupos que sufren múltiples discriminaciones e implementar políticas coordinadas para enfrentarlas;
(c) Fortalecer las capacitaciones en género y derecho de los pueblos indígenas a funcionarios públicos de los distintos órganos de poder y las distintas jurisdicciones;
Igualdad entre hombres y mujeres
- El Comité está preocupado por la baja tasa de participación laboral de las mujeres quienes asumen el trabajo no remunerado de cuidado de la familia en el Estado parte. Preocupa el Comité que los desiguales avances en materia social y territorial, hacia la provisión universal de servicios sociales e infraestructura destinada al cuidado de niños y adultos mayores impacta de manera negativa la igualdad entre hombres y mujeres y la inserción laboral de las mujeres sobre todo de las de menores ingresos. Al Comité le preocupa la baja representación de mujeres en los altos cargos en varios sectores, en particular en la justicia y el sector privado (art. 3).
- El Comité recomienda al Estado parte de reforzar las disposiciones legislativas y las políticas públicas con presupuestos asignados, destinadas a lograr la igualdad de derechos para el hombre y la mujer, incluyendo:
(a) Fortalecer y extender un sistema público de cuidados integral que elimine las brechas sociales y territoriales, a través de la efectiva implementación del plan de igualdad de oportunidades, y promover más activamente políticas de conciliación entre la vida laboral y familiar para hombres y mujeres.
(b) Adoptar e implementar medidas efectivas, incluso medidas temporales, contra los estereotipos sociales contra las mujeres a nivel nacional, provincial y municipal.
Desempleo
- El Comité está preocupado por el aumento del desempleo a lo largo de los últimos cinco años y el alarmante incremento de los índices de desocupación en el primer trimestre del año 2018, afectando de manera desproporcionada a grupos desfavorecidos, en particular a los jóvenes, las mujeres y los habitantes de zonas rurales. Le preocupa al Comité las serias limitaciones y obstáculos que las mujeres rurales enfrentan para acceder a un empleo formal quedando relegadas a empleos temporarios y precarios (art. 6 y 7).
- El Comité recomienda al Estado parte adoptar medidas concretas para reducir el desempleo, protegiendo puestos existentes con especial atención a las mujeres, los jóvenes y a los habitantes de las zonas rurales. El Comité recomienda también al Estado parte que siga evaluando el impacto de las medidas de ajustes estructurales sobre el empleo, con énfasis en los grupos desfavorecidos. El Comité remite al Estado parte a su observación general núm. 18 (2005), sobre el derecho al trabajo.
Derecho a la seguridad social
- El Comité está particularmente preocupado por el impacto negativo que la ley 27.426 (2017) de Reforma Previsional tiene en la actualización de las jubilaciones y asignaciones familiares del Estado parte. Preocupa también al Comité la masiva suspensión de las pensiones no contributivas a personas con discapacidad sin adecuada garantía del debido proceso (art. 9).
- El Comité recomienda restituir las pensiones canceladas con afectación del debido proceso, suspendiendo el Decreto 432/97. El Comité recomienda evaluar el impacto de las incompatibilidades y garantizar un plazo razonable para que las personas afectadas puedan interponer un recurso con garantías al debido proceso. Asimismo, el Comité insta al Estado parte a restablecer el cálculo de actualización contemplado en la ley 27.160 y a condicionar toda futuras medidas sobre pensiones al respeto del principio de no-regresión en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de los beneficiarios, en particular en cuanto a las pensiones no contributivas y pensiones por discapacidad. Finalmente, el Comité insta al Estado parte fortalecer otras medidas sociales, como la Asignación Universal por Hijo, que benefician al 59% de la población rural.
Violencia contra la mujer
- Si bien el feminicidio ha sido tipificado en el Código Penal de la Nación en el 2012, se está implementando la Ley de Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, y se ha creado una Unidad Fiscal Especializada en violencia contra las Mujeres (UFEM) del Ministerio Público Fiscal de la Nación, el Comité está preocupado por la gravedad de la violencia hacia las mujeres y las niñas, con 251 feminicidios en el 2017 (art. 10).
- El Comité también insta Estado parte a:
(a) Adecuar la organización judicial a las necesidades de las víctimas de violencia de género;
(b) Establecer partidas presupuestarias específicas y suficientes para la implementación de servicios de patrocinio gratuito y especializado para las mujeres en todo el país;
(c) Intensificar las medidas que garanticen la plena investigación, sanción y reparación de los hechos de violencia, y las infracciones a las órdenes de protección;
(d) Garantizar la plena protección a las mujeres, incluyendo refugios y casas de acogida, que sean aptos para recibir a las mujeres víctimas y a sus hijos;
(e) Fortalecer la transferencia de recursos y las prestaciones económicas y sociales para las mujeres víctimas y sus hijos;
(f) Redoblar los esfuerzos para contar con un sistema de información que proporcione evidencia sobre los niños y adolescentes que requieren protección especial con información desglosada y actualizada sobre su situación.
Alimentación
- El Comité lamenta la ausencia de un reconocimiento y protección constitucional explícitos del derecho a la alimentación, la falta de implementación de la Ley N° 27.118, los cortes presupuestarios y de personal en el sector de la agricultura familiar y el aumento de personas que dependen de los comedores escolares y comunitarios. El Comité está también preocupado por el incremento de los índices de sobrepeso y obesidad, la ausencia de medidas estatales para disminuir el consumo de bebidas azucaradas y la falta de una regulación adecuada para restringir la publicidad de alimentos no saludables (art. 11).
- El Comité recomienda al Estado parte:
(a) Adoptar un marco normativo que reconozca expresamente el derecho a la alimentación y que guíe las políticas públicas que aseguren una alimentación sana, nutritiva y suficiente, en especial a grupos desfavorecidos,
(b) Garantizar la efectiva implementación de la Ley de Agricultura Familiar No. 27.118 mediante la adopción sin demora de la correspondiente regulación y la asignación del nivel adecuado de financiación en todas las Provincias;
(c) Reforzar la seguridad de la tenencia de la tierra de las comunidades campesina y los pueblos indígenas. (e) Fortalecer otras asignaciones sociales, fundamentales para asegurar el derecho a la alimentación de las poblaciones desfavorecidas, en especial en zonas rurales, como la Asignación Universal por hijo.
Salud
- El Comité está preocupado por el deterioro de la infraestructura de salud en ciertas regiones del Estado parte, con el potencial de empeorarse en caso de cortes adicionales en los presupuestos de salud y el posible debilitamiento de la función supervisora del Estado federal por la degradación del ministerio de salud en secretaria de Estado (art. 12).
- El Comité recomienda al Estado parte mejorar los servicios de salud y asegurar el acceso igualitario a un servicio de salud de calidad. El Comité también insta el Estado parte a asegurar la autonomía necesaria, así como los recursos humanos, técnicos y financieros suficientes a la nueva Secretaria de Salud, a fin de promover y supervisar la aplicación de políticas de salud adecuadamente.
Salud sexual y reproductiva
56 (d) Garantizar la provisión permanente de métodos anticonceptivos de corta y larga duración en todo el territorio nacional garantizando su accesibilidad y efectivo uso, así como mejorar la prevención, proveer los servicios de cuidado temprano y el control del embarazo con un enfoque intercultural, fortaleciendo la estrategia para el alta conjunta hospitalaria para los recién nacidos de alto riesgo.
Explotación minera y medio ambiente
- Preocupa al Comité que impacto negativo que, sobre el medio ambiente, el agua, la salud y los riesgos de sismos, pueda tener el uso de ciertos métodos de explotación no convencionales de hidrocarburos, como el “fracking”, y que el impacto local de esas formas de explotación no haya sido debidamente evaluado ni adecuadamente consultado con las poblaciones (art.11 y 12).
- El Comité encomienda al Estado parte que adopte un marco regulatorio del fracking, que incluya las evaluaciones de su impacto en todas las provincias, precedido de consultas con las comunidades afectadas, y con una documentación apropiada de sus efectos sobre la contaminación del aire y el agua, las emisiones radiactivas, los riesgos para la salud y la seguridad en el trabajo, los efectos sobre la salud pública, la contaminación acústica, la luz y el estrés, la actividad sísmica que puede desencadenar, las amenazas a la agricultura y la calidad del suelo, y al sistema climático.
Agricultura, medio ambiente sano y salud
- El Comité está muy preocupado por el aumento en el uso de pesticidas y herbicidas, que incluyen glifosato, a pesar de los graves impactos adversos a la salud y al medio ambiente de muchos de ellos, en especial del glifosato, señalado como probablemente carcinógeno por la Agencia Internacional para la Investigación sobre el Cáncer (IARC) de la Organización Mundial de la Salud (art. 12).
- El Comité recomienda al Estado parte que adopte un marco regulatorio que incluya la aplicación del principio de precaución en cuanto al uso de pesticidas y herbicidas dañinos, en particular los que incluyen glifosato, para prevenir los impactos negativos en la salud por su uso y en la degradación del medio ambiente. El Comité remite el Estado parte a su observación general núm. 14 (2000), sobre el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud.
Educación
- El Comité toma nota de los planes y normativa en materia de educación y del compromiso del Estado parte para garantizar un gasto social del 6% del PIB para la educación. No obstante, el Comité está preocupado por los posibles cortes en el gasto social para la educación en el marco de las medidas de ajustes estructurales. El Comité está también preocupado por el alto abandono escolar, la limitada cobertura de la educación temprana marcada por altas disparidades regionales y según ingreso familiar, la falta de datos sobre el acceso a la educación para personas con discapacidad y por la deficiencia en la implementación del programa de Educación Sexual Integral. Asimismo, el Comité se preocupa por la falta de datos sobre la educación intercultural bilingüe (art. 14 and 15).
- El Comité recomienda al Estado parte de:
(c) Adoptar e implementar una política de Educación Bilingüe Intercultural para todas las comunidades indígenas.
Derechos culturales
- El Comité está preocupado por la preservación de los idiomas indígenas en el Estado parte afectando directamente y de manera irreversible el ejercicio de los derechos culturales por parte de los pueblos indígenas. El Comité está preocupado también por la la falta de participación de la población en la gestión de los patrimonios culturales de la humanidad en el Estado parte. Finalmente, el Comité está preocupado por la alta concentración de los medios comunicación en manos de unos pocos, que limita el pluralismo y dificulta el acceso a licencias y financiamiento para desarrollar medios de comunicación audiovisual de grupos desfavorecidos y de los pueblos indígenas (art. 15).
- El Comité recomienda al Estado parte tomar las medidas necesarias para garantizar la preservación y el uso de todos los idiomas indígenas. El Comité también recomienda reforzar el marco normativo e institucional para la gestión de los patrimonios culturales de la humanidad, que incluya la plena participación de la población. Finalmente, el Comité recomienda al Estado parte fortalecer el acceso a medios de comunicación de grupos desfavorecidos y en particular garantizar el acceso de los pueblos indígenas a los servicios audiovisuales, en particular a radios comunitarias, mediante la efectiva implementación de las provisiones relevantes de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual y garantizar dicho acceso en cualquier futuro desarrollo normativo relativo a los medios de comunicación.
*Se puede descargar el documento completo realizado por ONU- CESCR AQUÍ
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